Recientemente sostuve que el purgatorio fue creado en 1.274, en el Concilio de Lyon, y me llovieron rayos y centellas simplemente por considerarme mentiroso. “… El purgatorio, como lugar geográfico, contable y con un sistema económico y demostrable montado a su alrededor, es un producto auténtico del renacimiento cultural y social del siglo XII”.
En esencia, la fundamentación es básica, pues cuatro son los requisitos del sacramento: confesión de boca, contrición de corazón, propósito de enmienda y satisfacción de obra.
Los tres primeros son personales y de concreción inmediata; el último es una compensación material que surge, precisamente, como efecto del rompimiento del orden moral; es decir, una especie de indemnización por haber pecado.
Esta compensación deberá ser de tipo material: una limosna para la Iglesia, un aporte material para la construcción del templo o una obra de caridad, etc., de acuerdo con la voluntad y el ánimo del confesor.
Hasta no completar estos requisitos, la confesión no se concreta y, por tanto, el pecador continuará manteniendo su condición de tal.
Pues bien, podía suceder que el confesado no pudiera cumplir con el requisito de la satisfacción de obra por algún motivo, incluso por aquellos que escapaban de su control; por ejemplo, una enfermedad. En ese caso, no quedaba absuelto y, teóricamente, tendría que ir al infierno, situación que no parecía muy justa; pero tampoco podía ir al cielo, pues estaba manchado por un pecado no perdonado.
Para los teólogos de la época ya se venía hablando de un “fuego purgatorio”, pero no se decía nada de un lugar específico, pues este realmente no existía, porque la Iglesia funcionaba con un mecanismo binario, es decir, cielo e infierno. El paso del tiempo dio lugar a un pensamiento ternario y fue cuando se resolvió crear este espacio de purificación llamado purgatorio, que era una modalidad temporal del infierno, donde el fuego terminaba purificando al pecador y, entonces, podía ascender al cielo.
Ahora, como el tiempo de expiación era definido, pero nadie sabía cuánto duraría, comenzó a gestarse una modalidad de reducción de este a cambio de bienes materiales; es decir, una compraventa de “indulgencias”. Esto contribuyó al crecimiento económico de la Iglesia y fue, precisamente, esa práctica la que causó la rebelión de Martín Lutero.
Existe una frase que enfureció a los católicos cuando el monje Johann Tetzel dijo: “Tan pronto la moneda en el cofre resuena, el alma del purgatorio salta sin pena”.
Fue entonces cuando el Concilio de Trento, en 1563, prohibió en forma tajante el cobro de indulgencias a cambio de dinero, dejando estas a la noción de actos espirituales, oraciones, confesiones u obras de caridad gratuitas.











